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Aprueba Congreso otorgar incapacidad laboral a mujeres burócratas que padezcan dismenorrea en grado incapacitante

Escrito por: Redacción Ruta Sinaloa

Culiacán, Sinaloa, a 10 de Mayo del 2024.- El Pleno del Congreso de Sinaloa aprobó por unanimidad reformas y adiciones que otorgan permiso para ausentarse de su centro de trabajo de uno a tres días cada mes con goce de salario íntegro a las personas trabajadoras del estado y municipios, con dismenorrea en grado incapacitante.

En los considerandos que se tomaron en cuenta para aprobar las reformas y adiciones se retoma lo establecido por la Organización Mundial de la Salud, en el sentido de reconocer, enmarcar y dirigir la menstruación como un asunto de salud y derechos humanos, por lo que se debe dejar de considerarla solamente como un asunto de higiene.

Asimismo, se advierte que la dismenorrea, indistintamente de si es primaria o secundaria es un dolor incapacitante que sufren algunas mujeres en edad reproductiva durante su menstruación de forma periódica al estar acompañada de varias anomalías y síntomas que perjudican el desarrollo de vida de quienes la padecen.

Representa un inconveniente de salud para la mujer menstruante ya que la inhabilita laboralmente de forma física y emocional al tratarse de un padecimiento tan severo que reduce el rendimiento y productividad en las horas laborales, ocasionando incluso el ausentismo en el puesto de trabajo, por lo que es una necesidad la licencia justificable.

Las reformas y adiciones aprobadas son a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y a la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Municipios.

Para obtener el beneficio del pago las trabajadoras menstruantes deberán presentar un certificado médico que cumpla con los requisitos previstos en la Ley General de Salud para su validez, expedido por un médico especialista en ginecología, preferentemente de alguna institución pública de seguridad social, que acredite el diagnóstico.

El certificado tendrá una vigencia de seis meses a partir de su expedición, al término del cual deberá realizarse la revaloración del diagnóstico, mismo que en ningún momento podrá ser considerado como enfermedad o riesgo de trabajo.

Aprobadas las reformas y adiciones, el presidente de la Mesa Directiva, Ricardo Madrid Pérez, instruyó que se expida el correspondiente Decreto.

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