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Avanza en Congreso propuesta para uso de tablero electrónico

Escrito por: Redacción Ruta Sinaloa

Culiacán, Sinaloa, a 12 de noviembre de 2020.- La Junta de Coordinación Política, que preside la diputada Graciela Domínguez Nava, presentó iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Sinaloa para establecer y regular el Sistema Electrónico de Asistencia y Votación, la cual registró las dos lecturas de ley.

En la sesión de este jueves, la diputada Francisca Abelló Jordá dio primera lectura a la iniciativa y ante la dispensa propuesta por el diputado Gildardo Leyva Ortega, que fue aprobada, la presidenta de la Mesa Directiva Roxana Rubio Valdez la turnó a la Comisión de Protocolo y Régimen Orgánico Interior para la elaboración del dictamen correspondiente.

Con la implementación de este sistema, el Congreso se fortalece y moderniza el quehacer legislativo, trayendo como consecuencia inmediata una mejor atención a las necesidades de la ciudadanía y un cumplimiento eficiente a las atribuciones conferidas a la Legislatura por la Constitución y las Leyes.

Esta actualización es de suma relevancia ya que una de las ideas centrales de esta Sesenta y Tres Legislatura, ha sido buscar la mejora eficiente de los trabajos legislativos, de ahí la propuesta de la implementación de un Sistema Electrónico de Votación en el Pleno.

Con esta herramienta de votación se agilizan los trabajos legislativos y transparenta la toma de decisiones que en dicha Asamblea se realizan.

La Junta de Coordinación Política propone reformar los artículos 19, fracción V, 192, 193 y 194 y adicionar, los artículos 45 Bis y 96 Bis, todos de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Sinaloa.

De acuerdo con las propuestas de reformas, será obligación de las y los diputados, registrar su asistencia al inicio de las sesiones del Pleno del Congreso, a través del Sistema Electrónico de Asistencia y Votación.

Los secretarios de la Mesa Directiva en coordinación con la Secretaría General del Congreso deberán abrir el Sistema Electrónico de Asistencia y Votación, cuando menos treinta minutos antes de la hora prevista para el inicio de la sesión plenaria.

El Sistema Electrónico de Asistencia y Votación deberá estar disponible para que los legisladores registren su asistencia a las sesiones del Pleno del Congreso, hasta en tanto presidencia de la Mesa Directiva no decrete el cierre del periodo de registro de Asistencias.

El Secretario General del Congreso apoyará a la Mesa Directiva en la implementación y operación del Sistema Electrónico de Asistencia y Votación, procurando por el correcto funcionamiento de este.

Para la práctica de las votaciones nominal y económica en las sesiones del Pleno, se utilizará en principio el Sistema Electrónico de Asistencia y Votación, para que cada Diputada o Diputado, desde su Curul, tenga la opción de votar a favor o en contra y los resultados aparezcan en un tablero.

En la utilización del Sistema Electrónico de Asistencia y Votación, el Presidente de la Mesa Directiva indicará el tiempo del que dispone cada legislador para emitir su voto, sin que sea menor a dos ni mayor a diez minutos; una vez concluido el tiempo disponible el Secretario de la Mesa Directiva en turno preguntará si falta alguna Diputada o Diputado por emitir su voto, y en su caso, lo registrará nominalmente.

La votación nominal se llevará a cabo utilizando el Sistema Electrónico de Asistencia y Votación.

En caso de que no sea posible contar con el Sistema Electrónico de Asistencia y Votación, la votación nominal se realizará procediéndose al pase de lista de las diputadas y diputados para que expresen su voto directamente, contestando aprobado no aprobado.

La votación económica se llevará a cabo utilizando el Sistema Electrónico de Asistencia y Votación. En caso de que no sea posible contar con este sistema, la votación económica se practicará levantando la mano de los diputados que estén a favor de la proposición de que se trate. Se considerará que votan en contra, quienes no hagan ese signo.

El presente Decreto entrará en vigor cuando sea aprobado por el Pleno del Congreso del Estado y se pedirá publicar en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.

 

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