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Amplía Congreso rango de edad de víctima de violación equiparada

Escrito por: Redacción Ruta Sinaloa

 

 

El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó una reforma al Código Penal para ampliar el rango de edad, de 14 a 15 años, de la persona víctima de violación equiparada.

En sesión pública extraordinaria, diputadas y diputados reformaron la fracción I, del artículo 180, del Código Penal para el Estado de Sinaloa.

Con esta reforma se equiparará a la violación al que sin violencia realice cópula con persona menor de quince años de edad.

Para este delito, el Congreso no aumentó la penalidad, solo amplió el rango de edad de la víctima, para pasar de 14 a 15 años.

Durante la discusión del dictamen, a favor del mismo, fijaron posicionamiento, la diputada Francisca Abelló Jordá, presidenta de la Comisión de Equidad, Género y Familia y el diputado, Jorge Rodríguez Ayala, del PRI.

En sesión plenaria se aprobó dictamen de la Comisión de Justicia elaborado con iniciativa presentada por el grupo parlamentario de Morena, de esta Sesenta y Tres Legislatura, que actualmente coordina el legislador José Rosario Romero López.

De acuerdo con el dictamen en lo general aprobado por el Pleno, el abuso sexual contra los niños, niñas y adolescentes es una de las peores formas de violencia.

Las víctimas sufren un daño irreparable a su integridad física, psíquica y moral. Se daña su derecho a la integridad, la intimidad, la privacidad y, principalmente, se vulnera el derecho a no ser expuesto a ningún tipo de violencia, abuso, explotación o malos tratos.

Estos derechos se encuentran protegidos a nivel internacional por la Convención sobre los Derechos del Niño y a nivel nacional por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

La Comisión de Justicia coincidió con las consideraciones y objetivos expresados en la iniciativa en el sentido de que este Congreso del Estado debía de realizar las modificaciones legales que sean necesarias para contribuir en la lucha por la erradicación de la violencia sexual en niñas, niños y adolescentes.

Ante ello, se resolvió procedente reformar la fracción I del artículo 180 del Código Penal para el Estado de Sinaloa, con el objeto de elevar el tope de edad de 14 a 15 años del sujeto pasivo, víctima del delito de violación equiparada, en el supuesto de que sin violencia se le realice cópula.

Armonizando con esto la legislación penal vigente en el Estado con la Federal, en busca de contribuir en la lucha de las Instituciones del Estado por erradicar la violencia sexual en niñas, niños y adolescentes.

Emitido el Decreto, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.

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